EL FEDERALISMO EDUCATIVO, FACULTADES, Y RESPONSABILIDADES DE LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS, FEDERALES, ESTATALES Y MUNICIPALES. FACULTADES EXCLUSIVAS Y FACULTADES CONVERGENTES
EL FEDERALISMO
El Federalismo Educativo, es una doctrina política que busca que una entidad política u organización, formada por distintos organismos (Estados, asociaciones, agrupaciones, sindicatos, etc.) Delega algunas libertades o poderes propios a otro organismo superior, a quien pertenece la soberanía (Estado federal o federación).La descentralización consiste en el traspaso del poder y toma de decisiones hacia núcleos periféricos de una organización, puede ser política o administrativa y social. El gobierno central otorga un mayor poder a los gobiernos locales. A partir de la creación de la Secretaria de Educación Pública (SEP) de la federación, en 1921, por iniciativa de José Vasconcelos, quien además fuera también su primer titular, comenzó formalmente el proceso jurídico, político y administrativo de centralización nacional de la educación primaria. Así entre 1921 y 1940 los estados de la república cedieron al gobierno federal parte o totalidad de sus sistemas educativos. A este proceso se le denominó “federalización”, pero en realidad tenía sentido centralizador. de calidad. El objetivo es devolver a las entidades federativas el control sobre la administración de los recursos educativos. Además, permite re articular las relaciones laborales entre la SEP y el SNTE. A partir del mes de mayo de 1992, se hace realidad con la firma del Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica, donde se establece que el sistema educativo mexicano debe ser flexible, de mayor calidad y otorgar el poder de decisión en la educación a los estados y municipios y los padres de familia. En conclusión el federalismo es una pieza muy importante dentro de las entidades ya que este permite que se articulen las responsabilidades de cada uno de ellos permitiendo así alcanzar que la educación básica sea de la mejor calidad para todos.
HISTORIA DEL FEDERALISMO EN MEXICO
Tras
el Acuerdo de Modernización de la Educación Básica de 1992 (el Acuerdo de aquí
en adelante), se puso de moda hablar de la federalización educativa. El intento
del gobierno era claro: simbolizar un pacto de largo aliento que significara
algo más que una descentralización administrativa.
Además, el Sindicato Nacional de Trabajadores
de la Educación (SNTE) se opuso a la política de descentralización desde que la
anunció el presidente Miguel de la Madrid en su discurso de toma de posesión.
Mediante entrevistas con secretarios de educación, dirigentes sindicales,
mandos medios, representantes de la Secretaría de Educación Pública (SEP) e
investigadores en 10 estados, se obtuvieron elementos de juicio para poner en
duda aun, contradecir que el Acuerdo y sus consecuencias sean federalistas o,
incluso, una descentralización política de largo alcance.
Es por eso que el federalismo educativo es uno de los elementos del sistema político mexicano que se ha visto impactado con la Reforma Educativa de 2013, en particular por el proceso de formulación e implementación de las políticas públicas derivadas. Las relaciones entre los órdenes de gobierno Secretaría de Educación Pública (SEP) y autoridades educativas estatales, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) y la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente (CNSPD), entre otros, muestran la complejidad del nuevo orden educativo con el proceso de formulación e implementación de la Política Nacional de Evaluación de la Educación (PNEE) y la operación del Sistema Nacional de Evaluación Educativa (SNEE), como garante del derecho a una educación de calidad.
Lo anterior se debe a que el tipo de federalismo educativo entre 1992 y 2013 fue pertinente para enfrentar los retos de la implementación del Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica (ANMEB), en el que las facultades de las autoridades educativas estatales estaban centradas en la administración del sistema de educación básica, con interlocución vertical con la SEP, sin mecanismos reales de cooperación horizontal.
ü Federalismo
educativo y capacidades institucionales en México antes de la Reforma Educativa
de 2013
La
política pública educativa hasta 1992 se encontraba definida y operaba,
principalmente, bajo el modelo “arriba hacia abajo”. Su objetivo principal era
expandir la cobertura de educación básica. En el terreno de lo político, el
poder ejecutivo federal y los integrantes del Congreso de la Unión se
encontraban afiliados al mismo partido político y en las entidades federativas
ocurría un fenómeno similar.
Los
recursos destinados a la educación eran operados directamente por la SEP y la
mayoría de los profesores se encontraba afiliada al Sindicato Nacional de
Trabajadores de la Educación (SNTE), vinculado estatutariamente al partido en
el gobierno.
El ANMEB,
suscrito el 18 de mayo de 1992 por la presidencia de la República Mexicana, la
Secretaría General del SNTE y los gobernadores de los estados, transfirió la
administración de la educación básica y normal a los estados. Llama la atención
el hecho de que la evaluación educativa se limitó, prácticamente, al tema de alumnos
y docentes en el programa de estímulo económico para profesores a través del
Programa Nacional de Carrera Magisterial.
ü Federalismo
educativo y capacidades institucionales en México después de la Reforma Educativa
de 2013
Con la
Reforma de 2013 la tarea evaluativa de nuestro país queda bajo la
responsabilidad del INEE, organismo público autónomo responsable de normar,
centralmente, todos los ejercicios de evaluación educativa; coordinar a las
estructuras organizacionales que en las entidades educativas llevarán a cabo
estos ejercicios y emitir los lineamientos que permitan la operación eficiente
de las evaluaciones educativas.
Facultades y Responsabilidades de las autoridades educativas municipales
El objetivo del Federalismo Educativo es devolver a las entidades federativas el control sobre la administración de los recursos educativos, por ejemplo, en el nivel municipal, el cual podría ser el nivel de la zona escolar. Aunque en el pasado las estrategias de negociación tal vez no fueron las más eficaces para lograr el equilibro de poder y responsabilidades entre los sistemas federal, estatal y municipal; la responsabilidad municipal terminó por diluirse en el sistema estatal. Actualmente, en el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se menciona qué: “Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior.” Las autoridades educativas tienen la responsabilidad del buen funcionamiento en la gestión de los sistemas educativos nacional y locales para el aseguramiento del derecho de todas y todos a recibir una educación de calidad. Las autoridades educativas estatales manifestaron su total apoyo a la profundización en la instrumentación de la Reforma Educativa, conscientes de que los mayores avances en beneficio del derecho a la educación de calidad para niños, niñas y jóvenes se darán en los próximos años.
Facultades exclusivas
Corresponden de manera exclusiva a la autoridad educativa federal las atribuciones siguientes:
I.- Determinar para toda la República los planes y programas de
estudio para la educación primaria, la secundaria, la normal y demás para la
formación de maestros de educación básica, a cuyo efecto se considerará la
opinión de las autoridades educativas locales y de los diversos sectores
sociales involucrados en la educación, en los términos del artículo 48;
II.- Establecer el calendario escolar aplicable en toda la
República para cada ciclo lectivo de la educación primaria, la secundaria, la
normal y demás para la formación de maestros de educación básica;
III.- Elaborar y mantener actualizados los libros de texto
gratuitos, mediante procedimientos que permitan la participación de los
diversos sectores sociales involucrados en la educación;
IV.- Autorizar el uso de libros de texto para la educación
primaria y la secundaria;
V.- Fijar lineamientos generales para el uso de material educativo
para la educación primaria y la secundaria;
VI.- Regular un sistema nacional de formación, actualización,
capacitación y superación profesional para maestros de educación básica;
VII.- Fijar los requisitos pedagógicos de los planes y programas
de educación inicial y preescolar que, en su caso, formulen los particulares;
VIII.- Regular un sistema nacional de créditos, de revalidación y
de equivalencias, que faciliten el tránsito de educandos de un tipo o modalidad
educativo a otro;
IX.- Llevar un registro nacional de instituciones pertenecientes
al sistema educativo nacional;
X.- Fijar los lineamientos generales de carácter nacional a los
que deban ajustarse la constitución y el funcionamiento de los consejos de
participación social a que se refiere el capítulo VII de esta Ley;
XI.- Realizar la planeación y la programación globales del sistema
educativo nacional, evaluar a éste y fijar los lineamientos generales de la
evaluación que las autoridades educativas locales deban realizar;
XII.- Fomentar, en coordinación con las demás autoridades
competentes del Ejecutivo Federal, las relaciones de orden cultural con otros
países, e intervenir en la formulación de programas de cooperación
internacional en materia educativa, científica, tecnológica, artística, cultural,
de educación física y deporte, y
XIII.- Las necesarias para garantizar el carácter nacional de la
educación básica, la normal y demás para la formación de maestros de educación
básica, así como las demás que con tal carácter establezcan esta Ley y otras
disposiciones aplicables.
FACULTADES CONVERGENTES
Las
disposiciones que contiene son de orden publico e interés social, para contribuir
a la mejor convivencia humana:
ü Todo individuo tiene derecho a recibir educación
ü Todos los habitantes del país deben cursar la educación preescolar,
la primaria y la secundaria que el estado imparte.
ü La educación que el Estado imparta ser laica, gratuita y nacional.
ü Fomentara los valores de convivencia, tolerancia y respeto; ser
equitativa y respetara la biodiversidad Impulsara la investigación científica y
tecnológica
ü Se prestara educación con las características lingüísticas y
culturales de los grupos indígenas Fomentara el desarrollo artístico y cultural
ü Determinara la política educativa de la entidad.
ü Creara conciencia sobre la preservación de la salud, la planeación
familiar y la paternidad responsable, sin menoscabo de la libertad y del
respeto absoluto a la dignidad humana
ü Se basar en los resultados del progreso científico; luchar contra
la ignorancia y sus causas y efectos
ü Determinara para toda la Republica los planes y programas de
estudio para la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás
para la formación de maestros de educación básica
ü
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CONCLUSION:
La calidad y cobertura de la educación que existe actualmente en México es consecuencia de una serie de acontecimientos que han marcado la historia administrativa del país. En la educación mexicana, como producto de la reforma, es un proceso abierto. Su eficacia depende del compromiso de los actores sociales y políticos. Es así como se hace un llamado para que autoridades federales, locales y municipales, en sus ámbitos de competencias al Federalismo educativo, prioricen las inversiones en la educación, con el propósito de impulsar la educación para todos de calidad y equidad.
REFERENCIAS:
A.
(2015ª, julio 29). FACULTADES EXCLUSIVAS DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.
Vdocuments.mx.
https://www.google.com/amp/s/vdocuments.mx/amp/facultades-exclusivas-de-la-ley-general-de-educacion.html
Ley General de
Educación (rieoei.org)
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CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA
UNIÓN. (1917, 5 febrero). CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Constitucion_Politica.pdf
·
Ley General de Educación. (s. f.). Ley General
de Educación. Recuperado 16 de enero de 2021, de
http://cgservicios.df.gob.mx/prontuario/vigente/r2833_7.htm
· Rodriguez, C., & Meza, G. (s. f.). FEDERALIZACIÓN EDUCATIVA EN MÉXICO... ¿Y LA EDUCACIÓN? XI Congreso Nacional de Investigación Educativa / 13. Política y Gestión / Ponencia. Recuperado 16 de enero de 2021, de https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=sites&srcid=ZGVmYXVsdGRvbWFpbnxlc2Vmb2VkdXRlY2F8Z3g6MTMzNzJmOTJhY2I2NTc5
integrantes
Martínez Amaro Oskar Alejandro
Tirado Solís Ximena Kasandra
Soria Sánchez Ricardo Arturo
Valentín Hernández Ricardo Jair
Vargas García Andrea Joselyne
Velazco Garduño Carlos
Villanueva Calzada Cynthia Itzel
ESEF GRUPO 101
i
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