domingo, 17 de enero de 2021

FEDERALISMO EDUCATIVO

El federalismo educativo en México constituye uno de los más importantes fundamentos para el desarrollo de la soberanía nacional y, por tanto, el medio por el que se logra afianzar el Estado de derecho y el institucionalismo mexicano.

Al ser el Federalismo un sistema de gobierno basado en el principio de la autonomía de los subsistemas; el federalismo y la descentralización han cobrado gran relevancia en la actualidad como principios de organización política y administrativa de los países.

Su esencia está, en la creación de instituciones y procesos que permitan alcanzar una unidad política que se acomode y aumente la diversidad durante la solución de los problemas de la vida diaria, en los cuales la democracia, entendida como un gobierno del pueblo, signifique “autogobierno”.

¿Qué es? 

Es una doctrina política que busca una entidad política u organización, formada por distintos organismos (Estados, asociaciones, agrupaciones, sindicatos, etc...) Delega por algunas libertades o poderes propios a otro organismo superior, a quien pertenece la soberanía (Estado federal o federación). Autonomía.

El federalismo educativo es uno de los elementos del sistema político mexicano que se ha visto impactado con la Reforma Educativa de 2013, en particular por el proceso de formulación e implementación de las políticas públicas derivadas. 

El objetivo del Federalismo Educativo es devolver a las entidades federativas el control sobre la administración de los recursos educativos. Además, la fórmula federalista permitiría rearticular las relaciones laborales entre la SEP y el SNTE.

Las relaciones entre los órdenes de gobierno, Secretaría de Educación Pública (SEP) y autoridades educativas estatales, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) y la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente (CNSPD), entre otros, muestran la complejidad del nuevo orden educativo con el proceso de formulación e implementación de la Política Nacional de Evaluación de la Educación (PNEE) y la operación del Sistema Nacional de Evaluación Educativa (SNEE), como garante del derecho a una educación de calidad.

Las reglas ―formales y consensuales― que regularon las relaciones entre los actores gubernamentales y no gubernamentales en el pasado reciente han dejado de ser pertinentes para llevar a cabo, en forma eficaz, la producción de bienes, servicios y normas necesarios para lograr que la evaluación contribuya a mejorar la calidad de la educación obligatoria.

Lo anterior se debe a que el tipo de federalismo educativo entre 1992 y 2013 fue pertinente para enfrentar los retos de la implementación del Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica (ANMEB), en el que las facultades de las autoridades educativas estatales estaban centradas en la administración del sistema de educación básica, con interlocución vertical con la SEP sin mecanismos reales de cooperación horizontal.

En la promoción de cambios estructurales en el Estado derivados de la Reforma Educativa 2013, los recursos ―financieros y humanos― son el elemento clave para su implementación. Las capacidades para lograrlo se equiparán con la capacitación y construcción de institucionalidad a través del mejoramiento del desempeño de los recursos humanos que, dentro de las administraciones locales, están responsabilizados de la evaluación educativa. No sólo se trata de la obtención de resultados óptimos por parte de las instancias incluidas dentro de la arquitectura institucional de gobierno, sino de reflexionar sobre el mejoramiento de la gestión gubernamental y administrativa dedicada al diseño, construcción, operación e implementación de las intervenciones estatales.

Artículo 14.- Adicionalmente a las atribuciones exclusivas a las que se refieren los artículos 12 y 13, corresponde a las autoridades educativas federal y locales de manera concurrente, las atribuciones siguientes:

 I.- Promover y prestar servicios educativos, distintos de los previstos en las fracciones I y IV del artículo 13, de acuerdo con las necesidades nacionales, regionales y estatales;

I Bis.-            Participar en las actividades tendientes a realizar evaluaciones para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el Servicio Profesional Docente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General del Servicio Profesional Docente;

II.-                  Determinar y formular planes y programas de estudio, distintos de los previstos en la fracción I del artículo 12;

II Bis.-           Ejecutar programas para la inducción, actualización, capacitación y superación de maestros de educación media superior, los que deberán sujetarse, en lo conducente, a lo dispuesto por la Ley General del Servicio Profesional Docente;

III.-                 Revalidar y otorgar equivalencias de estudios, distintos de los mencionados en la fracción V del artículo 13, de acuerdo con los lineamientos generales que la Secretaría expida;

IV.-                Otorgar, negar y retirar el reconocimiento de validez oficial a estudios distintos de los de preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica que impartan los particulares;

V.-                 Editar libros y producir otros materiales didácticos, distintos de los señalados en la fracción III del artículo 12;

VI.-                Prestar servicios bibliotecarios a través de bibliotecas públicas, a fin de apoyar al sistema educativo nacional, a la innovación educativa y a la investigación científica, tecnológica y humanística;

VII.-               Promover permanentemente la investigación que sirva como base a la innovación educativa;

VIII.                Promover la investigación y el desarrollo de la ciencia y la tecnología, y fomentar su enseñanza y divulgación;

IX.-                Fomentar y difundir las actividades artísticas, culturales y físico-deportivas en todas sus manifestaciones;

X.-                 Promover e impulsar en el ámbito de su competencia las actividades y programas relacionados con el fomento de la lectura y el libro, de acuerdo a lo establecido en la ley de la materia;

XI.-                Vigilar el cumplimiento de esta Ley y de sus disposiciones reglamentarias;

XI Bis.           Participar en la realización, en forma periódica y sistemática, de exámenes de evaluación a los educandos, así como corroborar que el trato de los educadores hacia aquéllos corresponda al respeto de los derechos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales ratificados por el Estado Mexicano y demás legislación aplicable a los niños y jóvenes;

XII.-               Promover prácticas cooperativas de ahorro, producción y consumo, de acuerdo a lo establecido en la ley de la materia y el Reglamento de Cooperativas Escolares, y

XII Bis.          Diseñar y aplicar los instrumentos de evaluación que consideren necesarios para garantizar la calidad educativa en el ámbito de su competencia, atendiendo los lineamientos que en ejercicio de sus atribuciones emita el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación;

XII Ter.          Coordinar y operar un sistema de asesoría y acompañamiento a las escuelas públicas de educación básica y media superior, como apoyo a la mejora de la práctica profesional, bajo la responsabilidad de los supervisores escolares;

XII Quáter     Promover la transparencia en las escuelas públicas y particulares en las que se imparta educación obligatoria, vigilando que se rinda ante toda la comunidad, después de cada ciclo escolar, un informe de sus actividades y rendición de cuentas, a cargo del director del plantel;

XII Quintus. Instrumentar un sistema accesible a los ciudadanos y docentes para la presentación y seguimiento de quejas y sugerencias respecto del servicio público educativo, y

XIII.-              Las demás que con tal carácter establezcan esta Ley y otras disposiciones aplicables.

El Ejecutivo Federal y el gobierno de cada entidad federativa podrán celebrar convenios para coordinar o unificar las actividades educativas a que se refiere esta Ley, con excepción de aquéllas que, con carácter exclusivo, les confieren los artículos 12 y 13.

Artículo 15.- El ayuntamiento de cada municipio podrá, sin perjuicio de la concurrencia de las autoridades educativas federal y locales, promover y prestar servicios educativos de cualquier tipo o modalidad. También podrá realizar actividades de las enumeradas en las fracciones V a VIII del artículo 14.

 

Para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia del personal docente o con funciones de dirección o supervisión en la educación básica y media superior que impartan, deberán observar lo dispuesto por la Ley General del Servicio Profesional Docente.

El gobierno de cada entidad federativa promoverá la participación directa del ayuntamiento para dar mantenimiento y proveer de equipo básico a las escuelas públicas estatales y municipales.

El gobierno de cada entidad federativa y los ayuntamientos podrán celebrar convenios para coordinar o unificar sus actividades educativas y cumplir de mejor manera las responsabilidades a su cargo.



Facultades y responsabilidades de las autoridades educativas, estatales, municipales y federales

Primero que nada, debemos saber cuál es la definición de Facultad y Responsabilidad.

Las facultades es algo que puedes hacer, que te nace el hacerlo. Las Responsabilidades son cosas que debes hacer, como una obligación.

Habiendo aclarado lo anterior ¿Cuáles son las facultades y responsabilidades de las autoridades educativas estatales municipales y federales? Aquí hay algunas como ejemplo:

FEDERAL

CALENDARIO

FACULTAD

LIBROS DE TEXTO

RESPONSABILIDAD

PLANES Y PROGRAMAS

FACULTAD


ESTATAL

PROPORCIONAR LOS RECURSOS ECONÓMICOS

RESPONSABILIDAD

CONSTRUIR ESCUELAS

RESPONSABILIDAD

DAR LAS FILOSOFÍAS

RESPONSABILIDAD

DISTRIBUCIÓN DE ESCUELAS

RESPONSABILIDAD

CONTRATAR A LOS MAESTROS Y PAGARLES

RESPONSABILIDAD


MUNICIPAL

DAR PARA HACER LAS ESCUELAS

RESPONSABILIDAD

SERVICOS (CALLE, ALUMBRADO)

RESPONSABILIDAD

PROGRAMAS DE BECAS

FACULTAD

Si nos damos cuenta en todos hay muy pocas facultades pero, las facultades son las que más cumplen que las responsabilidades, o sea lo que realmente deberían hacer.

Debería ser al revés primero darles prioridad a sus responsabilidades y posteriormente hacerles caso a las facultades. Ya que lo que realmente interesa son las responsabilidades de ellos y que las cumplan.


Facultades exclusivas 

* Reconocerá que el carácter pluriétnico y pluricultural de la sociedad mexicana es la base del respeto a las ideas de cada cual y de la tolerancia a todas las expresiones culturales y sociales

* El jefe de gobierno del y la SEP regulan los servicios educativos del D.F.

* Desarrollan programas educativos integrales y democráticos que enseñen a pensar, a aprender ya a aplicar los conocimientos a la vida cotidiana.

* La Universidad Autónoma de la Ciudad de México goza de autonomía con normas, planes y programas e ingresos propios.

* La educación especial tiene como principios la equidad social y el respeto a los derechos humanos a través de la integración educativa.

* Las instituciones construirán a la sociedad democrática, justa, equitativa y participativa con educación que ofrecerá servicios de calidad.

* Determinara la política educativa de la entidad.

* Instalar los Consejos de Educación de centro escolar, de zona, delegacionales y del Distrito Federal.

* Promover la investigación pedagógica para elevar la calidad del sistema educativo.

* Celebrar convenios con los comités ejecutivos seccionales del SNTE en el Distrito Federal para definir prestaciones salariales y prerrogativas de orden profesional, laboral, social y asistencial, de acuerdo con las leyes vigentes.

* El educando es la razón de ser del sistema educativo.

Facultades convergentes: 

* Las disposiciones que contiene son de orden público e interés social.

* Todo individuo tiene derecho a recibir educación.

* Todos los habitantes del país deben cursar la educación preescolar, la primaria y la secundaria que el estado imparte.

* La educación que el Estado imparta será laica, gratuita y nacional.

* Contribuirá a la mejor convivencia humana.

* Se basará en los principios del Artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

* Fomentará los valores de convivencia, tolerancia y respeto; será equitativa y respetara la biodiversidad.

* Impulsará la investigación científica y tecnológica.

* Se prestará educación con las características lingüísticas y culturales de los grupos indígenas.

* Fomentará el desarrollo artístico y cultural.

* Creará conciencia sobre la preservación de la salud, el ejercicio responsable de la sexualidad, la planeación familiar y la paternidad responsable, sin menoscabo de la libertad y del respeto absoluto a la dignidad humana.

* Se basará en los resultados del progreso científico; luchará contra la ignorancia y sus causas y efectos.

* Determinará para toda la República los planes y programas de estudio para la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica.

* Planea el calendario escolar para cada ciclo.

* Administra y organiza la entrega de los materiales didácticos y libros de texto.

* El educador es promotor, coordinador, facilitador y agente directo del proceso educativo.

* Los beneficiados directamente por los servicios educativos deberán prestar servicio social.

* Expedirá el presupuesto del ramo educativo que no debe ser menor al 8% del PIB.

* Corresponde a la Secretaría la evaluación del sistema educativo.

* La Secretaría de Educación tomarán medidas para garantizar el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada individuo, la equidad.

Conclusión

La construcción de un nuevo federalismo educativo es una capacidad institucional que el Estado mexicano debe ir desarrollando de manera primordial. con el objeto de sentar los cimientos de una gubernatura innovadora del SEN, y de abonar la efectividad directiva de los gobiernos federal y de las entidades.

En base a la información del federalismo educativo podemos concluir que ha beneficiado a la educación, pero como se plantea, debemos reflexionar sobre el cambio.  No queda más que esperar los verdaderos cambios y se pueda llegar a un federalismo educativo democrático, donde haya un equilibrio de poder y de responsabilidades por igual



Equipo 3

  • García Montoya Kevin Enrique 
  • González Pascual José Eduardo 
  • González Roa Alix Paola 
  • Gutiérrez Sánchez Carlos Erubiel 
  • Hernández Rosas Kebh Abadallan
  • Hernández Rubio Joan Paulo


Referencias bibliográficas 

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