lunes, 8 de febrero de 2021

"La educación impartida por particulares. Facultades del Estado y derechos de los particulares. La educación privada como servicio público".

"La educación impartida por particulares. Facultades del Estado y derechos de los particulares. La educación privada como servicio público".  


Introducción 


La educación ha sido uno de los recursos que han sido privatizados para ampliar la libertad de selección escolar por parte de las familias, ya que esto da incrementos en los niveles de acceso a la educación, lo que conlleva a que el sector privado tenga una amplia cobertura educativa aún cuando los recursos pueden ser un poco más limitados, para el mejoramiento y diversificación de las mejores escuelas y elevar su calidad de las mismas.




La educación impartida por particulares 

La educación privada es fácilmente distinguida y definida en nuestro país con una sola palabra "Calidad", como en todos los casos existen excepciones, pero en realidad es que la educación impartida por el gobierno esta en clara desventaja con respecto a la educación particular. 

Básicamente la diferencia radica en las personas que dirigen las escuelas privadas y la forma en la que organizan, supervisan y manejan a sus trabajadores. 

¿Por qué? Porque las escuelas del estado cuentan con presupuesto mucho mayor y cuentan con el acceso de programas de Desarrollo Social y educativo propios del gobierno federal, el Estado mexicano tiene obligaciones con sus escuelas y debe encargarse de otorgar a cada uno los recursos necesarios para el sostenimiento viable de las instituciones. 

Lamentablemente, las escuelas públicas que aprovechan los recursos tecnológicos estatales, son una minoría a diferencia de en las escuelas privadas, quienes deben atender sus propias necesidades, pagar sus propios servicios, adquirir su propio equipo tecnológico, y manejar de manera independiente la relación con sus trabajadores, así como el hecho de que los padres de familia elijan y paguen el tipo de educación de sus hijos, solo los hace estar mucho más pendientes de como se esta gastando su dinero, además de que son mucho más exigentes al momento de calificar el nivel de educación que están recibiendo sus hijos. 

Así como los maestros de las escuelas particulares están recibiendo constantemente la indicación para actualizarse y evolucionar sus métodos de enseñanza. 



Facultades del estado y derechos de los particulares. 

El artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que: “Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado-Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias”. Además del sistema escolar público, existen las escuelas privadas que son elegidas por los padres de familia, ya sea por preferencia o por necesidad, y cubren los programas oficiales de educación básica obligatoria o imparten educación media superior, así como actividades y materias que pueden ser adicionales y complementarias a las impartidas en las escuelas públicas tales como: idiomas, música, deportes, técnicas u oficios, así como horarios extendidos, servicio de comedor, transporte o instalaciones especiales, con un costo establecido.

Incorporadas o no, deben cumplir Las escuelas privadas pueden estar incorporadas a la Secretaría de Educación Pública (SEP) para que sus programas tengan la validez de la educación básica obligatoria o, o que sean no incorporadas y brinden educación adicional de acuerdo a las necesidades y gustos de los padres y estudiantes.

Obligaciones de los colegios particulares

Las escuelas deberán informarte por escrito antes de la inscripción para cada ciclo, la lista de programas y grados educativos que ofrecen, así como la información de la incorporación a la SEP para su validez oficial y, en caso de no ser así, deben informarte que sus estudios no tienen validez oficial. También, deben informarte de los costos totales de al menos los siguientes conceptos:


• Inscripción o reinscripción;


• Colegiaturas, así como el número de éstas;


• Derechos por incorporación en su caso;


• Cobros por exámenes extraordinarios, cursos de regularización, duplicados de certificados, constancias, credenciales, cursos complementarios fuera del horario normal de clases, prácticas deportivas especiales y otras actividades extracurriculares;


• Transporte, cuando lo provean directamente los prestadores del servicio educativo o las bases de cobro, si los padres de familia, tutores o usuarios del servicio, lo contratan directamente con un permisionario o concesionario ajeno a él;


• Servicios de alimentación, que el prestador otorgue de manera opcional, cuando el educando permanece tiempo adicional al horario escolar,


• Calendario de pagos, descuentos por pago anticipado y recargos por mora.


• Darte a conocer el calendario de pagos, descuentos por pago anticipado y recargos por mora.


• Deben entregarte el reglamento escolar, así como la información para comunicarte con los directivos del plantel y los horarios de atención.


Colegiaturas y cuotas

Todas las cuotas deben estar expresadas en moneda nacional y según el grado, pueden variar. Durante el ciclo escolar, las colegiaturas no deben aumentar unilateralmente, esto es, si por causa justificada de fuerza mayor se requiriera un incremento, deberá ser de común acuerdo entre la escuela y la Asociación de Padres de Familia o la mayoría de los usuarios.


• No pueden establecer cuotas o aportaciones extraordinarias a los padres de familia.


• En caso de solicitar donativos, tendrán el carácter de voluntarios.


 • No exigir a los padres de familia la adquisición con determinados proveedores de útiles escolares, uniformes, libros y otros artículos o servicios.


• Los gastos que implique la celebración de eventos cívicos, sociales o recreativos organizados por la escuela, deberán ser voluntarios, sin detrimento de las calificaciones del alumno.


• No exigir libros, útiles escolares y uniformes nuevos. Solo podrán requerir que los libros correspondan a ediciones actualizadas y que los útiles y uniformes estén en buen estado.


 • En aquellos casos en que sea indispensable la adquisición de dichos artículos o servicios con determinados proveedores, los precios de los mismos no deberán ser superiores a los disponibles al consumidor en el comercio en general.





Pero, ¿qué pasa si por alguna razón ya no puedo pagar la escuela?

Si dejas de pagar tres o más colegiaturas, los proveedores pueden dar por terminada la relación contractual y deberán notificar esta posibilidad con al menos 15 días de anticipación, pero al ser la educación básica y media superior obligatorias, las escuelas no pueden retener documentación oficial y la deben entregar a los usuarios en máximo 15 días después de solicitarla y sin costo alguno. Ten en cuenta que la LFPC considera que toda práctica consistente en exhibir mediante listas, nombramientos u otra forma, a aquellos estudiantes cuyos padres o tutores o ellos mismos, no cumplan con aportaciones ordinarias o extraordinarias solicitadas, es una violación a la Ley y pueden ser sancionados de acuerdo a la misma. En los casos en los que dejas la escuela por otras razones como cambio de residencia, o preferencia por otra institución, el proveedor tiene 15 días naturales para entregarte la documentación oficial, una vez que les hayas avisado la intención de no continuar en dicho plantel. Corresponderá a la Profeco vigilar el cumplimiento del Acuerdo y los contratos en el ámbito de su competencia. Aquellos aspectos no comerciales de la prestación del servicio educativo corresponderán a las autoridades educativas competentes.




La educación privada como servicio público 

En México la preferencia de los padres de familia hacia las escuelas privadas ha tomado más fuerza debido a que el tipo de instituciones privadas hacen ilusión a que abre un campo competitivo al mundo laboral más amplio y obviamente no podemos quitarle a las personas el mérito de querer darle oportunidades mejores o más grandes a sus hijos, porque si tienes la oportunidad de poder darle una mejor educación a tu hijo pues lo vas a hacer, y también se debe a las experiencias de los padres, ya que se preocupan por sus hijos en que puedan aprender mejor un idioma a que tengan una apertura más amplia una educación un poco más particular que este es uno de los principales puntos que ofrece la educación privada y puede dar una mayor influencia a la hora de trabajo o al menos es lo que se estima de las escuelas privadas.


Pocas veces entendemos lo que conlleva la educación privada para el sistema educativo junto con la calidad o la equidad social, ya que el peso social que está tomado en el sistema educativo alteró la percepción con relación al estado, lo que esto nos lleva a examinar la un poco más críticamente en cuestión de la evolución que ésta debe presentar.


Pero tenemos que tener algo muy presente; hay escuelas privadas que son tan buenas como las públicas pero eso no quita que existan las escuelas privadas que son malas al igual que publicas.


Dejando de lado que la escuela en la que asista el alumno sea pública o privada se debe centrar en el compromiso de la educación es decir en que los estudiantes se centren en la capacitación intelectual y no en la económica ya que eso no debería dar un mayor o menor prestigio al conocimiento ya que como mencioné anteriormente sólo se busca un campo más amplio de oportunidades.



Conclusión 

Tanto la educación privada como pública han generado un impacto, todo con tal de saber cuál es “mejor” que la otra.

Desde que existe la educación privada, se ha intentado ver cuál es la mejor forma para recibir la educación y saber a cuál se le puede sacar mejor provecho con respecto a las oportunidades junto con los aprendizajes. 

Existen escuelas públicas (carentes con respecto a educación) al igual que privadas, sin embargo depende de cada uno de nosotros el poder sacar adelante nuestras oportunidades educativas.




Equipo 4
Integrantes: 
  • Juárez Victoriano Sinue. 
  • López León Leslie. 
  • López Venegas Claudia Beatriz. 
  • Manríquez Cerón Susana. 
  • Martínez Rodríguez David.


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