miércoles, 10 de febrero de 2021

 El estimulo, el fomento y la difusión de la educación física y la práctica del deporte en la legislación vigente.




Introducción 


La cultura física y el deporte en la constitución dejan un margen en los estándares, con respecto a las obligaciones del estado y la garantía de promoción. Todas las veces que se ha mencionado el deporte en la constitución política y en las reformas del sistema penal mexicano cabe destacar que el artículo 18 se incluye como mecanismo de reinserción social, ya que evidentemente tiene como medio alcanzar el derecho de la misma. nos sentaremos un poco en la parte de Concepción de la cultura física y del deporte tanto en la consideración subjetiva como en el objetivo de la cultura abordaremos los aspectos que pueden constituir en las distintas culturas tanto la intelectual como la cultura física. el derecho de la cultura física y la práctica del deporte tienen un nivel mínimo de seguridad y bienestar, psicológico y económico, en el cual debemos considerar el poder público. en la categoría de los derechos sociales (en el artículo cuarto constitucional). 

Si no el deporte como fenómeno social es complejo y muestra una realidad difícil de acotar por la diversificación en las actividades deportivas.





La cultura física y la práctica del deporte en México. Un derecho social completo. 


La politización del derecho a la cultura física y la práctica del deporte en la Constitución mexicana dejan abierto un margen de incertidumbre respecto a los estándares exigibles. En este artículo se analiza la complejidad de este derecho a luz de las obligaciones del Estado de respeto, protección, garantía y promoción. 

El reconocimiento constitucional del derecho al deporte en México no fue tarea fácil; si bien la Constitución promulgada en 1917 plasmó las principales demandas sociales, económicas y políticas de la Revolución, el derecho al deporte no figuró en el máximo texto normativo. En 1976 se plantea la idea de elevarlo a rango constitucional y empezar a legislar en materia deportiva; en este año, bajo la gestión de José Portillo, se creó el Instituto Nacional del Deporte (Inde).

En junio de 2008, el vocablo “deporte” es nuevamente mencionado en la Constitución política, pero esta vez como producto de las reformas al sistema penal mexicano. En la reforma al articulo 18 se incluye al deporte como mecanismo de reinserción social del sentenciado, al señalar que “…El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir…” Esta reforma, evidentemente, no tenia como objeto el reconocimiento del derecho al deporte; no obstante, reconoce la importancia que tiene como medio para alcanzar el derecho a la reinserción social. 






Conceptualización de cultura física y deporte


Se parte la concepción de la cultura en su doble aspecto: en cuanto a cultivo del ser humano (consideración subjetiva) y en cuanto a la acumulación y transmisión de un acervo de conocimiento (entendimiento objetivo de la cultura)Se considera que, en razón de la compleja variedad de aspectos que pueden constituir una acción cultural, se puede hablar de distintas culturas, como la cultura intelectual y la cultura física. 

Por su parte, el termino “cultura física” es relativamente reciente a diferencia de otros conceptos más arraigados y consolidados, como la de educación física y el de deporte. Existen varias definiciones que permiten abarcar dentro de este concepto a todo el conjunto de manifestaciones físico-deportivas y recreativas desde una perspectiva sociocultural. El deporte engloba un extenso repertorio de símbolos, valores, normas y comportamientos que lo identifican y diferencian claramente de otras prácticas sociales, por lo que el deporte delimita un ámbito cultural especifico. La ley general de cultura física y deporte la define como el “conjunto de bienes, conocimientos, ideas, valores y elementos materiales que el hombre ha producido con relación al movimiento y uso de su cuerpo”. Este ordenamiento señala, además, que la educación física es el medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura física. 





La complejidad del derecho a la cultura física y a la práctica del deporte. 


…todo derecho humano contenido en el ordenamiento supremo mexicano, tendente a obtener la igualdad material, un nivel mínimo de seguridad y bienestar físico, psicológico y económico, y respeto del cual, se encuentran vinculados jurídicamente, tanto el poder público como las personas mediante un dar, hacer o no hacer. 


Este concepto permite ubicar el derecho a la cultura física y a la práctica del deporte en la categoría de los derechos sociales, dado que, este derecho se encuentra contenido en el articulo 4to constitucional. Su inclusión expresa que tiene como objetivo mejorar la calidad de vida de los gobernados, vinculando a todas las autoridades del estado mexicano mediante un amplio espectro de obligaciones positivas y negativas. 

El deporte como fenómeno social en sí mismo es complejo y se muestra com una realidad cada vez más difícil de acotar por la creciente diversificación en las actividades deportivas, por lo que cabe considerarlo como un sistema social abierto al que se van incorporando nuevas prácticas. Se distinguen entre el “modelo competitivo” del deporte, que sería el heredero directo del deporte tradicional; el “modelo expresivo”, que engloba las prácticas deportivas poco organizadas y sometidas a procesos constantes de innovación y diversificación; el “modelo instrumental”, que va asociado a empresas comerciales que disponen de maquinarias que facilitan el cultivo del cuerpo, y el “modelo espectáculo”, que tienden a regirse por las leyes del mercado propias de una sociedad de masas. 

El deporte como derecho social es complejo y contiene elementos de distinta naturaleza y de diversa estructura; además, el carácter abierto del sistema deportivo lo hace especialmente sensible al cambio social, y en la actualidad están apareciendo continuamente nuevas formas de práctica y organización deportiva. El deporte actual, en sus variadas formas (económica, popular, educativa, social o cultural), puede desempeñar importantes funciones sociales al servicio de una mejor educación y salud como medio de integración social, de lucha contra el racismo y fomento de la tolerancia, siempre que se preserven los valores tradicionales del deporte. Para esto el estado debe apoyar a fin de que estos beneficios sociales no se vena anulados por los poderosos intereses económicos y políticos, estableciendo paramentos de actuación en función de cada manifestación y subsisten del deporte y definiendo acciones a desarrollar para satisfacer el derecho tutelado. 







Conclusión:


Los estándares exigibles en este artículo, debemos tener en cuenta el reconocimiento constitucional en el deporte en México económicas y políticas en la revolución. por ello debemos tomar conciencia de cada una de las acciones que se toman en la constitución mexicana y en cómo las llevamos. Ya que cada uno de estos márgenes van a tomar conciencia para la reinserción del trabajo y la capacitación para el mismo tenemos que tomar muy en cuenta la educación de la salud y el deporte por medios para lograr el sustento de la sociedad y procurar que no se vuelva a quebrantar la misma. Debido a que existen varias definiciones para abarcar estos términos del concepto físico deportivo y recreativo debemos englobar lo en una manera más extensa para el repertorio que éste tiene.





Bibliografias: 

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Abramovich, Víctor y Courtis, Christian, Los derechos sociales como derechos exigibles, Madrid, Trotta, 2002. [ Links ]

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ANECA, Libro Blanco. Título de grado en ciencias de la actividad física y deporte, disponible en: http://www.aneca.es/var/media/150296/libroblanco_deporte_def.pdf. [ Links ]

Araujo Toledo, Alberto y Fierro Rodríguez, Adolfo, “El derecho a la cultura física y el deporte. La evolución parlamentaria”, en Flores Fernández, Zitlally (coord.), El derecho deportivo desde una perspectiva comparada. Los casos de España, México, Argentina, Cuba, Brasil y Mozambique, México, Flores, 2015. [ Links ]

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Integrantes: Equipo 4

  • Juárez Victorino Sinue 
  • López León Leslie 
  • López Venegas Claudia Beatriz
  • Manríquez Cerón Susana. 
  • Martínez Rodríguez David

lunes, 8 de febrero de 2021

"La educación impartida por particulares. Facultades del Estado y derechos de los particulares. La educación privada como servicio público".

"La educación impartida por particulares. Facultades del Estado y derechos de los particulares. La educación privada como servicio público".  


Introducción 


La educación ha sido uno de los recursos que han sido privatizados para ampliar la libertad de selección escolar por parte de las familias, ya que esto da incrementos en los niveles de acceso a la educación, lo que conlleva a que el sector privado tenga una amplia cobertura educativa aún cuando los recursos pueden ser un poco más limitados, para el mejoramiento y diversificación de las mejores escuelas y elevar su calidad de las mismas.




La educación impartida por particulares 

La educación privada es fácilmente distinguida y definida en nuestro país con una sola palabra "Calidad", como en todos los casos existen excepciones, pero en realidad es que la educación impartida por el gobierno esta en clara desventaja con respecto a la educación particular. 

Básicamente la diferencia radica en las personas que dirigen las escuelas privadas y la forma en la que organizan, supervisan y manejan a sus trabajadores. 

¿Por qué? Porque las escuelas del estado cuentan con presupuesto mucho mayor y cuentan con el acceso de programas de Desarrollo Social y educativo propios del gobierno federal, el Estado mexicano tiene obligaciones con sus escuelas y debe encargarse de otorgar a cada uno los recursos necesarios para el sostenimiento viable de las instituciones. 

Lamentablemente, las escuelas públicas que aprovechan los recursos tecnológicos estatales, son una minoría a diferencia de en las escuelas privadas, quienes deben atender sus propias necesidades, pagar sus propios servicios, adquirir su propio equipo tecnológico, y manejar de manera independiente la relación con sus trabajadores, así como el hecho de que los padres de familia elijan y paguen el tipo de educación de sus hijos, solo los hace estar mucho más pendientes de como se esta gastando su dinero, además de que son mucho más exigentes al momento de calificar el nivel de educación que están recibiendo sus hijos. 

Así como los maestros de las escuelas particulares están recibiendo constantemente la indicación para actualizarse y evolucionar sus métodos de enseñanza. 



Facultades del estado y derechos de los particulares. 

El artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que: “Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado-Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias”. Además del sistema escolar público, existen las escuelas privadas que son elegidas por los padres de familia, ya sea por preferencia o por necesidad, y cubren los programas oficiales de educación básica obligatoria o imparten educación media superior, así como actividades y materias que pueden ser adicionales y complementarias a las impartidas en las escuelas públicas tales como: idiomas, música, deportes, técnicas u oficios, así como horarios extendidos, servicio de comedor, transporte o instalaciones especiales, con un costo establecido.

Incorporadas o no, deben cumplir Las escuelas privadas pueden estar incorporadas a la Secretaría de Educación Pública (SEP) para que sus programas tengan la validez de la educación básica obligatoria o, o que sean no incorporadas y brinden educación adicional de acuerdo a las necesidades y gustos de los padres y estudiantes.

Obligaciones de los colegios particulares

Las escuelas deberán informarte por escrito antes de la inscripción para cada ciclo, la lista de programas y grados educativos que ofrecen, así como la información de la incorporación a la SEP para su validez oficial y, en caso de no ser así, deben informarte que sus estudios no tienen validez oficial. También, deben informarte de los costos totales de al menos los siguientes conceptos:


• Inscripción o reinscripción;


• Colegiaturas, así como el número de éstas;


• Derechos por incorporación en su caso;


• Cobros por exámenes extraordinarios, cursos de regularización, duplicados de certificados, constancias, credenciales, cursos complementarios fuera del horario normal de clases, prácticas deportivas especiales y otras actividades extracurriculares;


• Transporte, cuando lo provean directamente los prestadores del servicio educativo o las bases de cobro, si los padres de familia, tutores o usuarios del servicio, lo contratan directamente con un permisionario o concesionario ajeno a él;


• Servicios de alimentación, que el prestador otorgue de manera opcional, cuando el educando permanece tiempo adicional al horario escolar,


• Calendario de pagos, descuentos por pago anticipado y recargos por mora.


• Darte a conocer el calendario de pagos, descuentos por pago anticipado y recargos por mora.


• Deben entregarte el reglamento escolar, así como la información para comunicarte con los directivos del plantel y los horarios de atención.


Colegiaturas y cuotas

Todas las cuotas deben estar expresadas en moneda nacional y según el grado, pueden variar. Durante el ciclo escolar, las colegiaturas no deben aumentar unilateralmente, esto es, si por causa justificada de fuerza mayor se requiriera un incremento, deberá ser de común acuerdo entre la escuela y la Asociación de Padres de Familia o la mayoría de los usuarios.


• No pueden establecer cuotas o aportaciones extraordinarias a los padres de familia.


• En caso de solicitar donativos, tendrán el carácter de voluntarios.


 • No exigir a los padres de familia la adquisición con determinados proveedores de útiles escolares, uniformes, libros y otros artículos o servicios.


• Los gastos que implique la celebración de eventos cívicos, sociales o recreativos organizados por la escuela, deberán ser voluntarios, sin detrimento de las calificaciones del alumno.


• No exigir libros, útiles escolares y uniformes nuevos. Solo podrán requerir que los libros correspondan a ediciones actualizadas y que los útiles y uniformes estén en buen estado.


 • En aquellos casos en que sea indispensable la adquisición de dichos artículos o servicios con determinados proveedores, los precios de los mismos no deberán ser superiores a los disponibles al consumidor en el comercio en general.





Pero, ¿qué pasa si por alguna razón ya no puedo pagar la escuela?

Si dejas de pagar tres o más colegiaturas, los proveedores pueden dar por terminada la relación contractual y deberán notificar esta posibilidad con al menos 15 días de anticipación, pero al ser la educación básica y media superior obligatorias, las escuelas no pueden retener documentación oficial y la deben entregar a los usuarios en máximo 15 días después de solicitarla y sin costo alguno. Ten en cuenta que la LFPC considera que toda práctica consistente en exhibir mediante listas, nombramientos u otra forma, a aquellos estudiantes cuyos padres o tutores o ellos mismos, no cumplan con aportaciones ordinarias o extraordinarias solicitadas, es una violación a la Ley y pueden ser sancionados de acuerdo a la misma. En los casos en los que dejas la escuela por otras razones como cambio de residencia, o preferencia por otra institución, el proveedor tiene 15 días naturales para entregarte la documentación oficial, una vez que les hayas avisado la intención de no continuar en dicho plantel. Corresponderá a la Profeco vigilar el cumplimiento del Acuerdo y los contratos en el ámbito de su competencia. Aquellos aspectos no comerciales de la prestación del servicio educativo corresponderán a las autoridades educativas competentes.




La educación privada como servicio público 

En México la preferencia de los padres de familia hacia las escuelas privadas ha tomado más fuerza debido a que el tipo de instituciones privadas hacen ilusión a que abre un campo competitivo al mundo laboral más amplio y obviamente no podemos quitarle a las personas el mérito de querer darle oportunidades mejores o más grandes a sus hijos, porque si tienes la oportunidad de poder darle una mejor educación a tu hijo pues lo vas a hacer, y también se debe a las experiencias de los padres, ya que se preocupan por sus hijos en que puedan aprender mejor un idioma a que tengan una apertura más amplia una educación un poco más particular que este es uno de los principales puntos que ofrece la educación privada y puede dar una mayor influencia a la hora de trabajo o al menos es lo que se estima de las escuelas privadas.


Pocas veces entendemos lo que conlleva la educación privada para el sistema educativo junto con la calidad o la equidad social, ya que el peso social que está tomado en el sistema educativo alteró la percepción con relación al estado, lo que esto nos lleva a examinar la un poco más críticamente en cuestión de la evolución que ésta debe presentar.


Pero tenemos que tener algo muy presente; hay escuelas privadas que son tan buenas como las públicas pero eso no quita que existan las escuelas privadas que son malas al igual que publicas.


Dejando de lado que la escuela en la que asista el alumno sea pública o privada se debe centrar en el compromiso de la educación es decir en que los estudiantes se centren en la capacitación intelectual y no en la económica ya que eso no debería dar un mayor o menor prestigio al conocimiento ya que como mencioné anteriormente sólo se busca un campo más amplio de oportunidades.



Conclusión 

Tanto la educación privada como pública han generado un impacto, todo con tal de saber cuál es “mejor” que la otra.

Desde que existe la educación privada, se ha intentado ver cuál es la mejor forma para recibir la educación y saber a cuál se le puede sacar mejor provecho con respecto a las oportunidades junto con los aprendizajes. 

Existen escuelas públicas (carentes con respecto a educación) al igual que privadas, sin embargo depende de cada uno de nosotros el poder sacar adelante nuestras oportunidades educativas.




Equipo 4
Integrantes: 
  • Juárez Victoriano Sinue. 
  • López León Leslie. 
  • López Venegas Claudia Beatriz. 
  • Manríquez Cerón Susana. 
  • Martínez Rodríguez David.


Equipo 6.- El estímulo, el fomento y la difusión de la educación física y la práctica del deporte educativo en la legislación vigente.

 INTRODUCCION.

Que con su práctica se impulsen los movimientos creativos e intencionales, la manifestación de la corporeidad por medio de procesos afectivos y cognitivos de orden preeminente. Así mismo, se promueve el goce de la movilización del cuerpo y se fomenta la colaboración en ocupaciones caracterizadas actos motrices.

Ley de estímulo y fomento al deporte y la cultura física.

•Las actividades deportivas desempeñan un importante papel dentro de lo social, pues en tanto constituyen un fenómeno social moderno, responden a necesidades que se refieren directamente al desarrollo pleno del hombre para lograr una existencia armónica y saludable.

•El sistema educativo, considera al deporte como una actividad de alto valor formativo, de tal suerte que las prácticas deportivas de un pueblo, ayudan a desentrañar su comportamiento e identidad

•El Estado moderno, debe asumir la gran responsabilidad que le corresponde en la planeación y conducción del desarrollo integral del ser humano en un marco de respeto a los derechos individuales, pero con plena conciencia de la preponderancia social del deporte y la recreación.

Educación física: Conjunto de acciones educativas dirigidas a la optimización del desarrollo armónico e integral de las aptitudes y capacidades del ser humano.

Deporte: Actividad en la cual se valoran intensamente las formas de practicar los ejercicios físicos para que un individuo o un equipo lleguen al perfeccionamiento de sus posibilidades morfofuncionales y psíquicas, concretadas en un récord, en la superación de sí mismo o del contrincante.

EL ESTIMULO DE LA EDUCACION FISICA EN LA LEGISLACION VIGENTE.

El derecho a la cultura física y a la práctica del deporte conlleva prestaciones a cargo del Estado, por ejemplo, requiere de recursos económicos; lamentablemente, en México el presupuesto para la CONADE ha disminuido de forma considerable en los últimos tres años. El reconocimiento constitucional de este derecho haría suponer que el Estado invertiría mayores recursos para la promoción, fomento y estímulo de la cultura física y el deporte en el país. El estado tiene la obligación de formular planes nacionales de desarrollo del deporte con objetivos claros, y adoptar todas las demás medidas de estímulo -comprendida la prestación de asistencia material, financiera y técnica para alcanzar progresivamente la efectividad del derecho.

La incorporación al texto constitucional del derecho a la cultura física y a la práctica del deporte implica que el Estado traspase las decisiones sobre diseño de prioridades, de distribución y empleo de recursos del ámbito de la pura discrecionalidad política al ámbito del derecho, por lo que el gasto público destinado a la promoción, fomento y estímulo de la cultura física y el deporte tendría que tener una relación directa con el bien jurídico que requiere ser protegido.

En la legislación mexicana es el de deporte social, que se define como aquel que “promueve, fomenta y estimula el que todas las personas sin distinción de género, edad, discapacidad, condición social, religión, opiniones, preferencias o estado civil, tengan igualdad de participación en actividades deportivas con finalidades recreativas, educativas y de salud o rehabilitación”. Las obligaciones generales son el mapa que permite ubicar las conductas exigibles tanto respecto de casos particulares como en relación con la adopción de medidas y legislación, es conveniente hacer una lectura del derecho a la cultura física y a la práctica del deporte a la luz de cada una de estas obligaciones: de respetar, de proteger, de garantizar y de promover.


EL FOMENTO DE LA EDUCACION FISICA EN LA LEGISLACION VIGENTE.

Con el estudio de la Educación Física en la Educación Básica se pretende que los niños y los adolescentes:

• Desarrollen su motricidad y construyan su corporeidad mediante el reconocimiento de la conciencia de sí mismos, proyectando su disponibilidad corporal; se acepten, descubran, aprecien su cuerpo y se expresen de diversas formas utilizando el juego motor como medio.

• Propongan actividades que les permitan convivir en ambientes caracterizados por el buen trato, el respeto, el interés, la seguridad y la confianza, afianzando sus valores a partir de la motricidad.

• Participen en acciones de fomento a la salud en todo su trayecto por la Educación Básica, compartiendo y reconociendo su importancia como un elemento primordial de vida, a partir de prácticas básicas como la higiene personal, la actividad física, el descanso y una alimentación correcta.

• Reconozcan la diversidad y valoren la identidad nacional, de tal forma que los juegos tradicionales y autóctonos constituyan una parte para la comprensión de la interculturalidad.



LA DIFUCION DE LA EDUCACION FISICA EN LA LEGISLACION VIGENTE.

La comunicación es esencial en cualquier campo de la Educación Física y los Deportes. Por medio de la comunicación ya sea oral o escrita podemos transmitir y compartir conocimientos, conceptos, sentimientos, ideas, emociones, estados de ánimo etc. La comunicación es la única actividad que todo el mundo comparte.

Los beneficios de la comunicación son demasiados como para poder enumerarlos, ya que mejoran todos los aspectos de la vida, tanto los personales como los profesionales. La capacidad para comunicar es vital para el éxito de cualquier empeño.


LA PRACTICA DEL DEPORTE EDUCATIVO EN LA LEGISLACION VIGENTE.

Para el desarrollo de la cultura física y la práctica del deporte es indispensable una infraestructura adecuada y la generación de sistemas de financiamiento y administración eficientes y estables, que permitan desarrollar políticas y programas que contribuyan al objetivo común de hacer de la cultura física y el deporte un derecho de todos

El Deporte Escolar es el que se realiza al interior de cada Establecimiento Educacional y responde a ciertas directrices que lo definen e identifican, con respecto a las otras alternativas que pueden ofrecerse para la práctica deportiva, ya sea, la clase de educación física, asociaciones deportivas, federaciones, los clubes particulares, etc. Lo anterior, no se presenta como una contradicción o un desacuerdo, el deporte escolar puede ser causa o efecto de la calidad de este, es decir, los otros ambientes en donde puede desarrollarse serán favorecidos en cuanto a cantidad y calidad, dependiendo de las alternativas de deporte escolar que se oferte al interior del seno de cada Institución Escolar. 



CONCLUSION.

Se han de invertir mayores recursos por parte del estado, todas las personas sin distinción alguna tengan una igualdad de participación en actividades deportivas.

Se ha establecido como de gran importancia el estímulo, fomento y difusión de la educación física por el simple hecho que esta nos proporciona vitales características para el ser humano, siendo unas de ellas la convivencia, la comunicación y el simple control y uso correcto del mismo cuerpo para una mejora del sistema en general, así como para recalcar sobre la salud e higiene de la misma población para hacerlo un hábito.


BIBLIOGRAFIAS.

http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1405-91932019000100185&lng=es&nrm=iso

https://www.efdeportes.com/efd182/la-comunicacion-y-la-educacion-fisica.htm#:~:text=La%20comunicaci%C3%B3n%20es%20esencial%20en,Educaci%C3%B3n%20F%C3%ADsica%20y%20los%20Deportes.&text=El%20proceso%20de%20comunicaci%C3%B3n%20que,lugar%20debemos%20considerar%20el%20Emisor

https://legislacion.scjn.gob.mx/Buscador/Paginas/wfArticuladoFast.aspx?q=HyhCeKoVXreNENmlWqWmGeen7CAEVPdUc2xZ9zzPzAXW7DBHi9Dgwap9iBPyzaOx2EbX90mQ8oEdZGUZ/Dq0Aw==


INTEGRANTES:

  • Ríos Prado Irlanda.
  • Rodríguez Trejo Karen.
  • Rodríguez Escobedo Vianney Citlali.
  • Rosales Hernández Michael.
  • Sánchez de la Rosa Adriana.
  • Santana Hernández Bianca Lizette.


Equipo 6.- La educación impartida por particulares. Facultades del estado y derechos de los particulares. La educación privada como servicio público.

 Introducción.

“La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia”.

Creemos que la enseñanza tanto pública como privada permanecen ligadas, debido a que el estado es quien controla cuáles son las enseñanzas que tienen que impartir los planes de análisis que tienen que manejar. De esta modalidad los particulares no tienen la posibilidad de indiscriminadamente generar un nuevo proyecto de estudios, plantel, expansión o dependencia, puesto que para eso necesitan de un nuevo consenso de integración.

Al generar una organización especial tienen que llevar a cabo con una secuencia de requisitos para lograr ser célebres, ciertos de dichos son: consumar con las finalidades del interés público, más que nada estar fundado y motivado.

LA EDUCACION IMPARTIDA POR PARTICULARES.

Atienden sus propias necesidades, pagan sus propios servicios, adquieren sus equipos tecnológicos y maneja de manera independiente las relaciones con sus trabajadores.

El articulo 3ro y 54 de la ley general de educación menciona que los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades, ya sea educación preescolar, primaria, secundaria y normal.

Se considera que toda particular debe llevar: docentes, director técnico, administrativo o director pedagógico de todo el plantel educativo la cual deben conocer cuáles son los requisitos y características que deben reunir y cumplir para poder incorporarse al Sistema Educativo Nacional por lo tanto así cumplirá con los planes y programas de educación.

Al crear una institución particular deben cumplir con una serie de requisitos para poder ser reconocidas.

FACULTADES DEL ESTADO.

Artículo 3° constitucional.- La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.

Fracción IV. Toda la educación que el Estado imparta será gratuita; (Indica claramente que es la que el Estado imparta, no particulares y aun así cobran cuotas a sus estudiantes)

En el caso exclusivo de los particulares, se menciona:

Fracción VI. Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades.

En los términos que establezca la ley, el Estado otorgará y retirará el reconocimiento de validez oficial a los estudios que se realicen en planteles particulares. En el caso de la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria y normal, los particulares deberán: (Reformada mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2019).

a) Impartir la educación con apego a los mismos fines y criterios que establece el párrafo cuarto, y la fracción II, así como cumplir los planes y programas a que se refieren los párrafo décimo primero y décimo segundo (Reformada mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2019)

b) Obtener previamente, en cada caso, la autorización expresa del poder público, en los términos que establezca la ley; (Reformado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 05 de marzo de 1993).

Artículo 10º de la Ley General de Educación abrogada que dice sobre el sistema educativo nacional en la fracción VI:

Artículo 10.- La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, es un servicio público.


DERECHOS DE LOS PARTICULARES.

El Estado debe asegurar la creación y existencia de centros docentes que aseguren a cada persona la obtención de los niveles de escolaridad establecidos como obligatorios por la Carta Fundamental, debiendo el Estado asegurar establecimientos de enseñanza gratuitos a todos aquellos que lo soliciten, dentro del marco constitucional y de las regulaciones legales pertinentes. Asimismo, los padres o tutores tienen el derecho de escoger dentro de las alternativas reguladas legalmente el establecimiento público o privado en que se formarán sus hijos o pupilos. Asimismo, al establecer el deber u obligación de cursar la educación básica y media, el Estado se compromete a "financiar un sistema gratuito con tal objeto, destinado a asegurar el acceso a ella de toda la población”.


LA EDUCACION PRIVADA COMO SERICIO PUBLICO.

La escuela pública es un servicio que ofrece el estado gratuitamente y con carácter universal (para todos los niños en edad escolar). La gratuidad de este servicio es posible gracias a los impuestos recaudados por parte de estado para el sostenimiento de los servicios a la comunidad.

Debido a su condición de servicio público estas escuelas tienen que ofrecer una enseñanza directamente estipulada por el estado, de esta manera, los estados crean planes de enseñanza o leyes de educación a las cuales todas las escuelas públicas se tienen que atener y seguir las normas preestablecidas.

Las escuelas privadas no son gratuitas por el mero hecho de que el principal objetivo de una empresa es el de ganar dinero; las escuelas privadas no tienen un carácter universal, pues se dirigen a aquel colectivo que no quiera disponer de la escuela pública y tampoco tienen que representar unos valores en concreto, pues desde el punto de vista de una empresa privada tienen el derecho de impartir valores como los religiosos, militares, elitistas etc.

Aunque las escuelas privadas puedan elegir de alguna manera el tipo de enseñanza que le imparten a sus alumnos, el estado estipula unos estandartes de calidad de educación a los que la escuela privada tiene que obedecer, entonces por ejemplo al final de la etapa escolar, todos los alumnos sin distinción entre escuela privada o pública pasan unos examen que le permitirán ir a la universidad, de esta manera se garantiza que en las escuelas privadas se respeten unos márgenes comunes con la escuela pública.


CONCLUSION.


La educación privada debe de cumplir ciertos requisitos para incorporase al sistema educativo nacional, como lo son: apegarse a mismos fines y criterios, así como los planes y programas. Debe obtener autorización del poder público. trabajando en cualquiera de sus modalidades; aunque la educación pública sea impartida por el estado y relativamente gratuita estas cobran una cuota significativa a sus estudiantes.

Se han creado las escuelas privadas como un medio de empresa con el fin de ganar dinero impartiendo estas una manera de enseñar con un cierto estándar de calidad impuesto por el sistema educativo para que haya ciertas reglas en común a seguir con la educación publica

La ley general menciona que todo reconocimiento oficial que se otorgue, incluyendo a la educación particular, como un servicio público.

BIBLIOGRAFIA.

De la educación impartida por los particulares | Ángulo 7 (angulo7.com.mx)

La Educación Impartida Por Particulares. Facultades Del Estado Y Derechos De Los Particulares. La Educación Privada Como Servicio público. - Ensayos de Calidad - faniiiee (clubensayos.com).

http://www.anfe-anep.com.mx/uncategorized/fundamento-legal-de-la-educacion-privada/

http://www.diputados.gob.mx/bibliot/publica/inveyana/polint/cua2/dercom.htm

https://www.definicionabc.com/general/escuela-publica-privada.php


INTEGRANTES:

  • Ríos Prado Irlanda.
  • Rodríguez Trejo Karen.
  • Rodríguez Escobedo Vianney Citlali.
  • Rosales Hernández Michael.
  • Sánchez de la Rosa Adriana.
  • Santana Hernández Bianca Lizette.

Equipo 7.- El estímulo, el fomento y la difusión de la educación física y la práctica del deporte educativo en la legislación vigente.

 

El estímulo, el fomento y la difusión de la educación física y la práctica del deporte educativo en la legislación vigente.

 

En la escuela la Educación Física por medio de actividades lúdicas, recreativas y deportivas proporciona espacios para fomentar hábitos y valores que fortalecen la voluntad para alcanzar una mejor salud física, equilibrio psicosocial, y por consiguiente una adecuada calidad de vida.

Además, favorece el respeto por su cuerpo y el de los demás, incrementa la autoestima, fomenta la disciplina y redúcela tendencia a desarrollar comportamientos peligrosos. Por tanto, no se trata de educar para el deporte como si éste fuera el fin de la educación, sino que se debe pretender que favorezca estilos de vida saludables y que sea un medio para educar.



Ø  Cultura física y deporte

El término “cultura física” es relativamente reciente a diferencia de otros conceptos más arraigados y consolidados, como el de educación física y el de deporte. Existen varias definiciones que permiten abarcar dentro de este concepto a todo el conjunto de manifestaciones físico-deportivas y recreativas desde una perspectiva sociocultural.

La Ley General de Cultura Física y Deporte la define como el “conjunto de bienes, conocimientos, ideas, valores y elementos materiales que el hombre ha producido con relación al movimiento y uso de su cuerpo”. Este ordenamiento señala, además, que la educación física es el medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura física.

El estudio del derecho al deporte tiene un importante déficit con respecto a otros derechos sociales, no obstante, ya sido recogido en instrumentos internacionales de carácter sectorial, como la Convención sobre los Derechos del Niño (artículo 31).

Este derecho ha sido regulado por instrumentos como:

Ø  la Carta Internacional Revisada de la Educación Física

Ø  la Actividad Física y el Deporte, documento adoptado por los Estados miembros de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación

Ø  la Ciencia y la Cultura (UNESCO).

Que declara la práctica de la educación física, la actividad física y el deporte como un derecho fundamental para todos.



 El deporte y la Cultura Física, tiene como objetivos centrales

1.    Otorgar al Estado la rectoría en materia deportiva, cultura física y recreación, estableciendo normas encaminadas a lograr que el deporte y la recreación se realicen de manera organizada con mayor y mejor beneficio para la comunidad.

2.    Fortalecer las actividades deportivas de los particulares, mediante normas que permitan conjuntar los esfuerzos de las entidades del sector público y de los sectores privado y social, facultando al Estado la coordinación de acciones, priorizando necesidades con el objeto de que el desarrollo deportivo de la entidad sea planeado y sistemático.

3.    Que esta Comisión dictaminadora coincide con los autores de la Iniciativa en la apreciación de que en esta Ley se clarifican las facultades que tendrá el Estado, así como la normatividad para que el Consejo Estatal del Deporte, como órgano consultivo, se integre con la participación plena de los especialistas en esta rama.

4.    Que finalmente, la Comisión concluye que efectivamente en esta Ley, se presta particular atención al desarrollo deportivo de la Entidad en forma integral, pues abarca a la totalidad de los municipios, quienes, al contar con facultades y obligaciones en esta materia, podrán impulsar mejor y con mayor intensidad el deporte en el ámbito de sus respectivas competencias.



 Estimulo

El estímulo se refiere a un acontecimiento, interno o externo al organismo, que actúa sobre estados de este y que puede producir cambios en él.

Agente externo que provoca una acción determinada como respuesta. Los estímulos pueden ser físicos, mecánicos, químicos o fisiológicos. Para que actúen es necesario que lo hagan con determinada intensidad.

Estímulo en Educación Física es sinónimo de ejercicio físico, por lo que su conocimiento y adecuada utilización es básico para el profesor-entrenador. El estímulo es un suceso, objeto o situación que evoca una respuesta.

La del fomento de la actividad física en y mediante las escuelas es una meta realista que todos los países y comunidades pueden alcanzar. Constituye una inversión acertada en educación, salud y deporte. Se debe proseguir como elemento esencial de la iniciativa de la OMS “Escuelas promotoras de la salud” en el marco de las políticas

La educación física y el deporte se desarrollan de dos maneras diferentes en la escuela. Por un lado, el deporte es el objeto de una materia de enseñanza obligatoria para todos los alumnos. Pero, junto a esto el deporte también se lleva a cabo y se realiza independientemente de la educación física obligatoria y siempre que la escuela permita la práctica libre del deporte, respectivamente, no prohíbe las actividades de movimiento de los alumnos. Los nuevos estímulos para el deporte pertenecen a esta segunda área del deporte escolar. Ellos no representan exigencias obligatorias, sino que los alumnos por decisión propia y libremente, los aceptan o los rechazan.



 Fomento

La del fomento de la actividad física en y mediante las escuelas es una meta realista que todos los países y comunidades pueden alcanzar. Constituye una inversión acertada en educación, salud y deporte. Se debe proseguir como elemento esencial de la iniciativa de la OMS “Escuelas promotoras de la salud” en el marco de las políticas

La participación en diversas actividades físicas en los primeros años de la vida es esencial para adquirir la buena disposición, las aptitudes necesarias y las experiencias favorables con vistas a mantener el hábito del ejercicio periódico a lo largo de toda la vida o adoptarlo en una fase posterior de la vida. Además, esa participación contribuye a mantener el capital de salud adquirido a lo largo de la vida adulta y a propiciar un envejecimiento saludable.

Aunque pueda parecer un tema que se aleja de la neuroeducación, ser físicamente activo es uno de los pasos más importantes para estar sano física y mentalmente, para tener un buen desempeño académico y para reforzar el aprendizaje y la plasticidad neuronal. El ámbito escolar, el ambiente docente es uno de los lugares ideales para enseñar a niños y adolescentes como adoptar y mantener una forma saludable de vida, un estilo activo que se va a reflejar posteriormente en la carrera académica y en tener una personalidad estable y positiva. La escuela puede ayudar a las nuevas generaciones a ser activos físicamente después de la vida académica, algo que se reflejará en calidad y cantidad de vida.

También se recomienda el fortalecimiento de la educación física para tener resistencia en los músculos incluyendo, bajo la guía del especialista flexiones, dominadas, abdominales, ejercicios medidos con pesas, etc. Para el fortalecimiento de los huesos se recomienda saltar, correr y deportes como la gimnasia, el baloncesto y el tenis. Algunas actividades encajan en varias categorías, así, la gimnasia sirve tanto para fortalecer los músculos como los huesos mientras que correr es aeróbico y fortalece los huesos. Las actividades deben ser adaptadas a la edad, que fomenten el disfrute y que tengan variedad. La realidad es que sabemos cada vez más la importancia de la actividad física y sus beneficios innegables y, por otro lado, cada vez hacemos menos.



Artículo 2. Esta Ley y su Reglamento tienen por objeto establecer las bases generales para la distribución de competencias, la coordinación y colaboración entre la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México en materia de cultura física y deporte, bajo el principio de concurrencia previsto en el artículo 73, fracción XXIX-J de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la participación de los sectores social y privado en esta materia, con las siguientes finalidades generales:

I.             Fomentar el óptimo, equitativo y ordenado desarrollo de la cultura física y el deporte en todas sus manifestaciones y expresiones.

II.             Elevar, por medio de la activación física, la cultura física y el deporte, el nivel de vida social y cultural de los habitantes en las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

III.           Fomentar la creación, conservación, mejoramiento, protección, difusión, promoción, investigación y aprovechamiento de los recursos humanos, materiales y financieros destinados a la activación física, cultura física y el deporte.

IV.          Fomentar el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte, como medio importante en la preservación de la salud y prevención de enfermedades.

Los distintos componentes de la cultura física, las variadas manifestaciones del deporte y el problema común que enfrentan los derechos sociales relativos a las obligaciones del Estado para garantizarlos determinan la complejidad del derecho a la cultura física y a la práctica del deporte reconocido en la Constitución mexicana. Por lo tanto, es necesario comprender y analizar este derecho como un prisma que refleja distintos niveles de obligaciones que deben guiar la actuación del Estado, con el objeto de pasar del ámbito de la discrecionalidad política al ámbito del derecho.

Ø  La práctica del deporte educativo en la legislación vigente

El artículo 5 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, define al deporte como: La actividad física, organizada y reglamentada, que tiene por finalidad preservar y mejorar la salud física y mental, el desarrollo social, ético e intelectual, con el logro de resultados en competiciones.

Con lo anterior se puede decir que el deporte educativo es aquel tipo de deporte cuya pretensión fundamental es colaborar al desarrollo armónico y de potenciar los valores del individuo; este responde a la necesidad que todo niño tiene de jugar, así mismo permite al docente canalizar adecuadamente la competencia y propiciar la adquisición de actitudes y valores que enriquecen la interacción social de los educandos.



Objetivos del deporte educativo:

·         Proporcionar momentos de alegría, placer y diversión.

·         Favorecer la integración y la socialización de la persona a través de su participación en juegos y actividades de tipo lúdico.

·         Ofrecer un medio de ocupación del tiempo libre para los niños.

·         Intentar acercarse a esos deportes y juegos tradicionales de cada región que son un bien cultural y una expresión de las formas recreativas de cada rincón de la geografía mundial.

·         Desarrollar la creatividad de los niños a través de la invención de nuevos juegos.

·         Potenciar las dimensiones de los deportes y juegos dentro del desarrollo infantil y juvenil.

·          Fomentar el espíritu crítico frente a la manipulación de los medios de comunicación y de las personas que distorsionan de alguna manera el ideario deportivo y el verdadero refuerzo de los juegos.

·         Inculcar actitudes de participación, cooperación y respeto hacia el adversario, intentando evitar las situaciones de competitividad.

·         Aprender a utilizar todos los medios y recursos disponibles a la hora de realizar un deporte o de un juego.

·         Intentar desarrollar como educadores la investigación, análisis y creación de formas más adaptadas en los deportes y en los juegos.

·         Aprovechar el deporte y el juego como uno de los elementos esenciales para mejorar la coeducación, con modificaciones de deportes y juegos que faciliten el desarrollo de estos sin diferencias de sexo.

 

El ejercicio y desarrollo del derecho a la cultura física y el deporte tienen como base los siguientes principios:

·         La cultura física y la práctica del deporte son un derecho fundamental para todos.

·         La cultura física y la práctica del deporte constituyen un elemento esencial de la educación.

·         El derecho a la cultura física y al deporte constituye un estímulo para el desarrollo afectivo, físico, intelectual y social de todos, además de ser un factor de equilibrio y autorrealización.

·         Los programas en materia de cultura física y deporte deben responder a las necesidades individuales y sociales, existiendo una responsabilidad pública en el fomento cualitativo y cuantitativo de la cultura física y el deporte.

·         La enseñanza, capacitación, gestión, administración y desarrollo de la cultura física y el deporte deben confiarse a un personal calificado.

·         Para el desarrollo de la cultura física y la práctica del deporte es indispensable una infraestructura adecuada y la generación de sistemas de financiamiento y administración eficientes y estables, que permitan desarrollar políticas y programas que contribuyan al objetivo común de hacer de la cultura física y el deporte un derecho de todos.

·         La investigación, información y documentación son elementos indispensables para el desarrollo de la cultura física y el deporte.

·         Las instituciones deportivas públicas y privadas del país deben colaborar y cooperar en forma estrecha y responsable en la promoción, fomento y estímulo del derecho a la cultura física y a la práctica del deporte.

·         La distinción entre las diversas manifestaciones o modalidades del deporte resulta necesaria para el óptimo, equitativo y ordenado desarrollo de los sistemas deportivos del país.

·         El desarrollo y la práctica del deporte debe realizarse observando sus bases éticas; XI. En el desarrollo del deporte debe protegerse la dignidad, integridad, salud y seguridad de los deportistas, así como asegurarse y defenderse el desarrollo sostenible del deporte.

·         La existencia de una adecuada cooperación a nivel internacional es necesaria para el desarrollo equilibrado y universal de la cultura física y deporte.

·         Fomentar actitudes solidarias, propiciar la cultura de paz, de la legalidad y la no violencia en cualquier tipo de sus manifestaciones.

 

La práctica del deporte educativo proporciona

·        El desarrollo de las facultades cognitivas: capacidad de observación e interpretación

·        El desarrollo de las facultades de movimiento: factores de percepción, de decisión y factores de ejecución.

·        El desarrollo de las facultades afectivo-sociales: aprendizaje social y descubrimiento del otro.



Ø  Conclusiones

Es necesario comprender y analizar este derecho de la educación física como algo fundamental en nuestras vidas.

Con la educación física y el deporte pretendemos fomentar y desarrollar valores que consideramos importantes para el desarrollo personal y el proceso formativo y educativo de nuestro alumnado (esfuerzo, tolerancia, trabajo en equipo, solidaridad, respeto a las normas).

Además, favorece el respeto por su cuerpo y el de los demás, incrementa la autoestima, fomenta la disciplina y redúcela tendencia a desarrollar comportamientos peligrosos. Por tanto, no se trata de educar para el deporte como si éste fuera el fin de la educación, sino que se debe pretender que favorezca estilos de vida saludables y que sea un medio para educar. El estudiantado considera que los principales aprendizajes de la asignatura son la aplicación de las habilidades motrices; conocer el funcionamiento del cuerpo; y el conocimiento y aplicación de las reglas.

Se requiere adecuar la ley para detener las dificultades que enfrentan para el goce de este derecho y que sea reconocido como un derecho social, que deberá contar con una visión estratégica, y los planes deberán prever métodos, indicadores y bases de referencia que permitan vigilar estrechamente los progresos realizados.

El Estado deberá informar sobre las medidas que está adoptando para el desarrollo del derecho a la cultura física y a la práctica del deporte y en qué se basa para considerar que tales medidas son las más apropiadas.

Ø  Bibliografía

·         La cultura física y la práctica. (2019). Scielo.org. http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1405-91932019000100185&lng=es&nrm=iso

·         Rendimiento, A. (2014, 31 octubre). Fomento de la actividad física, el deporte y la salud en el centro escolar. Alto Rendimiento. http://altorendimiento.com/fomento-de-la-actividad-fisica-el-deporte-y-la-salud-en-el-centro-escolar/

·         Alonso, J. R. (15 de noviembre de 2017). Neurociencia. Obtenido de El blog de Jose Ramon : https://jralonso.es/2017/11/15/fomento-de-la-actividad-fisica-en-la-escuela/

·         sandoval, M. (17 de Agosto de 2014). Estimulos E.F. Obtenido de Todo sobre E.F.: https://educaciónfísica.servidor-alicante.com/educacion-fisica/estimulo

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·         Díaz Otañez, J., Tendencias del Entrenamiento deportivo actual. Federación Internacional de Educación Física. Argentina.

·         GOB. (2013, 7 junio). LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE. LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE. https://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/558c2c24-0b12-4676-ad90-8ab78086b184/ley_general_cultura_fideporte.pdf

 

Ø  EQUIPO: 7

Ø  INTEGRANTES

•      Martínez Amaro Oskar Alejandro

•      Tirado Solís Ximena Kasandra

•      Soria Sánchez Ricardo Arturo

•      Valentín Hernández Ricardo Jair

•      Vargas García Andrea Joselyne

•      Velasco Garduño Carlos

•      Villanueva Calzada Cynthia Itzel

 

  El estimulo, el fomento y la difusión de la educación física y la práctica del deporte en la legislación vigente. Introducción  La cult...